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SOBRE LAS FUNERARIAS EN ESPAÑA

El número aproximado de empresas funerarias se sitúa en torno a las 2500, para unos servicios totales de 358.000 defunciones en el año 2001, o sea un 8,8 por mil con relación a la población total.

España es un Estado unitario, descentralizado en 17 Comunidades Autónomas.
En el número de empresas funerarias hay que diferencias tan significativas como :

Galicia : 2.000.000 habitantes aproximadamente 800 empresas funerarias.
Andalucía : 8.000.000 habitantes aproximadamente 500 empresas funerarias.
Cataluña : 6.000.000 habitantes aproximadamente 65 empresas funerarias.

Como grupos/empresas que actúan en más de 1 Comunidad Autónoma funcionan:

Funespaña, propietaria del 49% de las acciones de la Empresa Mixta de Madrid, y que actúa en Cataluña, Andalucía, País Basco, Castilla.

Grupo Intur, que tiene el 49% de la Empresa de Barcelona y actúa también en Sevilla, Valencia, Zaragoza, Gerona y otras poblaciones.

Servisa, propiedad de la Compañia de Seguros Ocaso, que actúa en varias comunidades autónomas, asimismo.

Una característica distintiva de España respecto a otros países de la Unión Europea es el alto porcentaje de población que ha contratado los servicios de un compañía de seguros de decesos.

El 60% aproximadamente de la población –o sea 25.000.000- disponen de la protección de una compañía de seguros en cuanto al pre-pago anticipado del servicio funerario, sus complementos, la cremación o inhumación y el alquiler o compra de la sepultura.

El cliente principal de las empresas funerarias y de los Ayuntamientos que gestionan cementerios y crematorios es, en todos los casos en España, las Compañías de Seguros (Santa Lucia – Ocaso – Mapfre (Finisterre) – La Almudena, entre otras).

La liberalización en España se reguló en 1.996 –tres años después que en Francia-.

El texto de 7 de Junio decía:

“En materia de servicios funerarios se liberaliza su prestación a partir de Enero de 1997 y se suprime la consideración de los servicios mortuorios como servicios esenciales reservados a las Entidades Locales”

En el Capítulo III del decreto Liberalizador se precisaba:

“Sin perjuicio de lo anterior, los Ayuntamientos podrán someter a autorización la prestación de dichos servicios.

La autorización tendrá carácter reglado, debiéndose precisar normativamente los requisitos objetivos necesarios para obtenerla y se concederá a todo solicitante que reúna los requisitos exigidos y acredite disponer de los medios materiales necesarios para efectuar el transporte de cadáveres.”

2.- Tanatorios y Crematorios en España

El primer tanatorio en España se construyó en Barcelona en 1.969, siguiendo el ejemplo de los tanatorios en Francia, en especial en la zona de Niza y Cannes (Costa Mediterránea).

En la actualidad (Febrero de 2.003) existen 400 tanatorios construidos. El mayor es el de Madrid, Tanatorio Sur, con 60 salas, y los más pequeños tienen una o dos salas, que son instalaciones suficientes para ciudades en torno de 10.000 habitantes.

Es importante señalar que se están construyendo 125 nuevos tanatorios en toda España, lo que significa que a fines del año próximo existirán más de 500 instalaciones preparadas para dar un servicio que garantiza la preservación de la salud pública, en los procesos degenerativos que se producen después de la muerte, que pueden afectar a las personas, si se prescinde de las normas de tratamiento higiénico de los cadáveres recomendadas por Sanidad.

Las Comunidades Autónomas mejor equipadas con este tipo de instalación protectora de la salud pública son:

Cataluña 91
Castilla-Léon 52
Galicia 36
Valencia 35
Navarra 24

En relación a las islas que forman comunidad autónoma diferenciada:

Canarias 14
Baleares 5

En relación a los Crematorios, el incremento de estas instalaciones ha sido espectacular en España. Existen en España (Febrero 2.003), un total de 107 crematorios con 141 hornos incineradores. Los Crematorios en proyecto o construcción son 32. Este número de instalaciones significa que cualquier ciudadano en España tendrá un crematorio o disposición en un entorno de 50 Kms. En la actualidad hay islas de Canarias como Hierro-Gomera-Las Palmas todavía sin crematorio, pero sí disponen de este servicio Ceuta y Melilla.

El primer crematorio se construyó en Madrid en 1.974 y el segundo en Zaragoza en 1.979. Los últiomos 12 años 1.990-2.002 han significado la consolidación de la cremación en España, gracias a la postura progresista de la Iglesia Católica, que no se ha opuesto a esta prática, que se considera una opción válida de disposición del cuerpo, siempre que no se haga esta opción por motivaciones anti-ctrtianas y anti-religiosas.

En el año 2.002 se han efectuado 59.900 cremaciones de un total de 355.000 defunciones (estimadas), o sea un total de 16,8%, muy próximas a la cifra de Francia 19% (en 2001) y muy superior a Italia, un 5%.

La consolidación de la cremación en España es una cuestión de pocos años, ya que la estimación para 2.008 sería en torno al 25% del total de los servicios fúnebres efectuados.

3.- Tanatopraxia

Los cuidados de tanatopraxia se consideran importantes en cuanto significan una mejora evidente en el tratamiento sanitario del cadáver y consecuentemente en la preservación de la salud pública.

El pionero español en estas técnicas es Barcelona siguiendo las técnicas francesas y la progresión ha sido importante en los últimos 5 años.

1998 1999 2000 2001 2002
Servicio con ataúd 18.069 18.829 17.840 17.767 17.692
Tanatopraxias 2.900 3.045 2.863 2.779 3.771
Porcentaje 16,05% 16,17% 16,05% 15,64% 21,31%

Este servicio es importante para:

La presentación del difunto en ataúd abierto
Conservación del cadáver (mínimo de 2 años)
Preservación salud pública

Se considerará esta práctica sanitaria consolidada en Barcelona cuando se llegue a los 5.000 servicios/año.

En los traslados internacionales se practica en España el embalsamamiento convencional, regulado por el Ministerio de Sanidad y efectuado por médicos tanatólogos autorizados, y en esta práctica quien efectúa más operaciones es la isla de Las Palmas de Gran Canaria, con 302 servicios/año, seguinda de Barcelona 98, la isla de Lanzarote (Canarias) 98 y la isla de Fuerteventura (Canarias) 95 y Madrid, 45.

4.- Costumbres funerarias en España

Las familias en España siempre presionan por un entrierro rápido entre 24/48 horas después de la defunción (como prescriben las leyes sanitarias españolas). Si en alguna ocasión, el entierro –épocas de invierno, servicios muy numerosos en dos/tres días consecutivos- se dilata por encima de las 48 horas, las familias expresan sus quejas a las funerarias correspondientes por servicio deficiente.

Sólo los servicios donde interviene la autoridad judicial en los casos de muerte no natural (traumática), pueden demorarse por encima de las 48 horas, ya que la licencia de enterramiento ha de ser emitida por un juez y éste puede tomarse el tiempo necesario para dar la autorización correspondiente si no ve claras las circunstancias de la muerte.

5.- Influencia de la religión

En España más del 90% de las ceremonias religiosas –en tanatorios o iglesiasse efectúan por sacerdotes o diáconos de la Iglesia Católica. Empiezan a efectuarse ceremonias civiles a cargo de los propios familiares o de los profesionales de protocolo en algunos tanatorios (en el año 2.002, fueron 350 ceremonias de este estilo en Barcelona). Otros entierros son de ritos judío-protestantes (en sus variades formas) – musulmán-budista-hinduista.

6.- Cementerios

En España prácticamente cada municipo tiene su cementerio propio (en España hay unos 8.000 municipos).

La mayoría de ellos son de propiedad municipal, una parte significativa son propiedad de la Iglesia Católica y en torno a 10 son de propiedad privada.

La tendencia actual que están ofreciendo bastantes Ayuntamientos es el sistema mixto de propiedad público-gestión privada a cargo de empresas mixtas o empresas funerarias que amplian su actividad en los cementerios con los precios y tasas autorizados por los responsables de la gestión municipal.

La mayoría de entierros son en nicho (enterramiento vertical) que predomina por completo en el área mediterránea y en menor medida en la costa atlántica (Galicia-Cantaria-Pais Vasco) que si las disponibilidades de superficie lo permiten prefieren el entierro en tumbas bajo la superficie del terreno.

Las concesiones oscilan entre 2 años (Cataluña) / 10 años (Madrid) 25 y 50 años. Las unidades de enterramiento de más valor pueden tener concesiones a 99 años (equivalentes a la “perpetuidad” de hace unos años, que todavía permanece en bastantes ciudades con ordenanzas municipales anticuades, que denotan falta de voluntad política para revisar estos reglamentos de ámbito municipal).

En algunos cementerios de ciudades grandes (Madrid-Barcelona-Valencia-Sevilla-Málaga) hay recintos especiales para algunas religiones, en especial recintos judíos y recientemente recintos islámicos. Estas religiones no utilizan nichos sino tumbas en tierra y en ningún caso efectúan la cremación sino la inhumación convencional. Raramente utilizan los oratorios ubicados en tanatorios, sino que se desplazan desde las salas del tantorio a las mezquitas o sinagogas que existen en casi todas las grandes ciudades.

FUENTE:
Josep Cornet THANOS

2 comentarios:

Antonio dijo...

Quiero donar mi cuerpo a la ciencia. Ni un duro a las funerarias y menos que tenga que pagarlo mi familia.

Saludos

Antonio

mariaalicia dijo...

Una de las mayores dificultades que una persona tiene que superar en su vida es perder a un ser querido. No es raro que pasemos por un período de depresión. No existe una fórmula mágica para sobrellevar este momento, por esta razón, creo que las Funerarias son importantes por la ayuda que prestan a los familiares de los difuntos.